Información general
El contenido desarrollado a continuación tiene únicamente carácter informativo y resume los aspectos más importantes de las bases de los procesos de la convocatoria, no teniendo carácter vinculante desde un plano jurídico. Por ello, se recomienda hacer una lectura detenida de dichas bases en las que se regula y recoge de forma específica todos los aspectos de los procesos selectivos.
Plazas a convocatoria externa (diciembre de 2022)
Finalmente , el total de plazas convocadas externamente en el seno del proceso de estabilización son las siguientes, a las que se incorporan las vacantes ordinarias susceptibles de ser convocadas junto a los procesos de estabilización a través de la modalidad de concurso-oposición.
ETB | TOTAL ESTABILIZACIÓN | ||||||||||
EXCEPCIONAL (Méritos) |
ESPECIAL (Concurso-Oposición) |
Proceso ordinario | |||||||||
CENTRO DE TRABAJO | BIO | MIR | MAD | BAR | IRU | BIO | MIR | IRU | BIO | MIR | |
ADMINISTRATIVO/A | 2 | ||||||||||
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 1 | ||||||||||
AUXILIAR DE DOCUMENTACIÓN | 1 | ||||||||||
AYUDANTE DE AUDIO | 1 | 1 | |||||||||
AYUDANTE DE PRODUCCIÓN | 1 | 1 | 1 | ||||||||
AYUDANTE DE REALIZACIÓN | 5 | 1 | 5 | 2 | |||||||
AYUDANTE DE REDACCIÓN | 5 | 3 | |||||||||
AYUDANTE TÉCNICO/A | 1 | ||||||||||
DISEÑADOR/A GRÁFICO/A | 1 | 2 | |||||||||
DOCUMENTALISTA | 1 | ||||||||||
ENCARGADO/A DE ALMACÉN | 1 | ||||||||||
ENCARGADO/A DE EMISIÓN | 3 | ||||||||||
INGENIERO/A DE PRODUCCIÓN | 1 | 1 | |||||||||
INGENIERO/A DE PROYECTOS | 1 | 1 | |||||||||
METEORÓLOGO/A | 1 | 2 | |||||||||
OPERADOR/A | 3 | 2 | 1 | ||||||||
PLANIFICADOR/A | 2 | 1 | 1 | ||||||||
PRODUCTOR/A | 1 | 1 | |||||||||
REALIZADOR/A | 4 | 1 | 2 | 2 | |||||||
REDACTOR/A (INFORMATIVOS) | 25 | 7 | 5 | 2 | |||||||
REDACTOR/A (KIROLAK) | 3 | 1 | |||||||||
REDACTOR/A (CORRESPONSALÍAS ESTATALES) | 2 | 2 | 1 | 2 | |||||||
TÉCNICO/A DE MANTENIM. E INSTALACIONES | 2 | 1 | 1 | 1 | |||||||
TOTAL | 64 | 13 | 3 | 2 | 1 | 26 | 7 | 2 | 2 | 2 | |
83 | 35 | 4 | |||||||||
118 |
EI | TOTAL ESTABILIZACIÓN | ||||||||||||
EXCEPCIONAL (Méritos) |
ESPECIAL (Concurso-Oposición) |
Proceso ordinario | |||||||||||
CENTRO DE TRABAJO | BIO | MIR | GAS | MAD | BIO | MIR | GAS | MAD | BIO | MIR | GAS | MAD | |
ADMINISTRATIVO/A | 1 | ||||||||||||
ANIMADOR/A MUSICAL | 11 | 3 | |||||||||||
REDACTOR/A LOCUTOR/A | 19 | 2 | 5 | 4 | 1 | 6 | 1 | 5 | |||||
REDACTOR/A LOCUTOR/A (CORRESPONSALÍA ESTATAL) | 1 | 1 | 1 | ||||||||||
TÉCNICO/A DE CONTROL Y SONIDO | 1 | 1 | 2 | ||||||||||
TÉCNICO/A DE MANTENIMIENTO | 1 | 1 | |||||||||||
TOTAL | 20 | 14 | 9 | 1 | 4 | 4 | 1 | 1 | 6 | 1 | 5 | 1 | |
44 | 10 | 13 | |||||||||||
54 |
ETBNET | TOTAL ESTABILIZACIÓN |
EXCEPCIONAL (Méritos) |
|
CENTRO DE TRABAJO | BIO |
ADMINISTRATIVO/A | 1 |
ANALISTA DE DATOS Y SEO DIGITAL | 1 |
DESARROLLADOR/A PROGRAMADOR/A DIGITAL | 5 |
DISEÑADOR/A GRÁFICO DIGITAL | 2 |
DISEÑADOR/A MULTIMEDIA DIGITAL | 2 |
PRODUCTOR/A DIGITAL | 1 |
REDACTOR/A DIGITAL | 23 |
TÉCNICO/A DE SOPORTE DIGITAL | 1 |
TOTAL | 36 |
EITB | TOTAL ESTABILIZACIÓN | |||
EXCEPCIONAL (Méritos) |
ESPECIAL (Concurso-Oposición) |
Proceso ordinario | ||
CENTRO DE TRABAJO | BIO | BIO | BIO | |
ADMINISTRATIVO/A | 5 | 1 | 1 | |
TÉCNICO/A JURÍDICO | 1 | |||
TÉCNICO/A INVESTIGACIÓN DE AUDIENCIAS | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A EN SELECCIÓN | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A PRL | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A CONTROL & INDICADORES | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A EN INFRAESTRUCTURAS Y SEGUROS | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A EN PROCESOS Y RSE | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A EN COMUNICACIÓN Y PRENSA | 1 | |||
TOTAL | 13 | 1 | 1 | |
14 |
En las bases especificas de cada proceso se indica la tipología de proceso y el destino por unidad de negocio de cada una de las vacantes.
Contacto
Las consultas sobre el proceso se deben remitir a la dirección de correo electrónico: egonkortze@eitb.eus. Esta será la única vía de comunicación.
Proceso de estabilización
La Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público ha previsto un proceso de estabilización del empleo temporal en el sector público adicional a la tasa de reposición ordinaria recogida en el artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
En este sentido, la Disposición adicional octava de la Ley 20/2021 indica expresamente que los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización se aplicarán a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.
Estabilización: tipología de procesos
De conformidad con los criterios y orientaciones establecidos en la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y en la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, se establece la siguiente tipología de procesos de selección:
Procesos de estabilizaciónPlazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de RRHH y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Concurso - oposición(40% - 60%)
Concurso (40%)- Méritos profesionales: máx. 90%
- Méritos académicos u otros: min. 10%
Oposición (60%)Plazas que, cumpliendo los requisitos del indicados en el primer cauce, hayan estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
MéritosProfesionales - Académicos
(60% - 40%)
El proceso excepcional (concurso) se va a desarrollar mediante el sistema de valoración de méritos. Esto significa que únicamente se valorarán una serie de méritos, profesionales y académicos, que se detallan en las bases específicas de cada proceso.
El proceso especial (concurso-oposición) se desarrolla mediante el sistema de prueba y valoración de méritos y, en consecuencia, las candidaturas deberán superar una prueba de carácter obligatorio y eliminatorio y, posteriormente, habrá una fase de concurso en la que se valorarán los méritos profesionales y académicos referidos en el proceso excepcional indicado anteriormente.
Las plazas ofertadas se clasifican entre ambos procesos y, dentro de los procesos especiales, se distingue entre la modalidad de acceso general y la modalidad de acceso reservado a personas con discapacidad.
Cada persona puede optar por participar en un proceso por categoría (especial o excepcional) o por participar en ambos, siempre que cumpla los requisitos específicos de cada proceso recogidos en las bases. Las personas candidatas podrán participar en tantos procesos como a los que deseen optar.
Bases de los procesos selectivos
Las bases de los procesos selectivos constituyen el marco jurídico de cada proceso, así como el desarrollo y resolución de estos. En el apartado "convocatorias externas", se encuentran las bases de cada uno de los procesos selectivos, en las que se describen:
Las reglas comunes a todos los procesos:
- Publicación.
- Procedimiento de inscripción.
- Requisitos comunes a todos los procesos.
- Reglas comunes a la adjudicación de plazas fijas.
- Reserva de empleo a favor de personas con discapacidad.
- Protección y gestión de datos del proceso selectivo.
Las reglas específicas relativos al proceso selectivo:
- Tribunal evaluador.
- Plazas y sistema.
- Perfil del puesto.
- Requisitos específicos.
- Pruebas a realizar (sólo en los procesos especiales y procesos ordinarios).
- Valoración de méritos.
- Proceso de adjudicación de plazas.
- Bolsa de Empleo (sólo en los procesos especiales y procesos ordinarios).
Modalidades de acceso
Modalidad de Acceso General
Es el turno de acceso general a través del cual puede acceder de forma libre, siempre que se cumplan las especificidades concretas de recogidas en las bases de cada proceso. El acceso se llevará a cabo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Modalidad de reserva a personas con discapacidad
Esta modalidad está destinada al cumplimiento de los principios rectores de la reserva de empleo en favor de personas con discapacidad y del art. 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las ofertas de empleo público se reservará un cupo para ser cubierto por personas con discapacidad, en los términos establecidos en la normativa reguladora de la materia.
Quienes concurran a plazas reservadas para personas con discapacidad deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % por el órgano competente de las Diputaciones Forales, el IMSERSO o equivalente, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyos principios resultan aplicables de conformidad con la Disposición Adicional Primera, establece en su artículo 59, relativo a las personas con discapacidad, que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con certificado de discapacidad.
La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad reconocida.
En aplicación de la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la reserva de plazas para personas con discapacidad se llevará a cabo en los procesos especiales de estabilización, así como en los procesos ordinarios acumulados a estos. En este sentido, las plazas para personas con discapacidad en el Grupo EITB se ofertan en las siguientes categorías:
- Redactor/a Locutor/a: 2
- Redactor/a de Informativos: 1
- Ayudante de Realización:1
- Ayudante de Producción: 1
En el caso de no cubrirse cualquiera de estas plazas en el turno de acceso a personas con discapacidad, se sumarán a la modalidad de acceso general.
Requisitos generales para participar en los procesos selectivos
Son requisitos generales para la admisión a los procesos selectivos:
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuges de nacionales de estados miembros de la Unión Europea, siempre que no haya separación de derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge, siempre que no haya separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.
- No padecer enfermedad o impedimento físico que imposibilite o dificulte la realización de los cometidos propios del puesto a que se concursa, sin perjuicio de la aplicación del Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en el correspondiente apartado de reglas específicas. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. En el supuesto de estar expedido en otro idioma diferente a los oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca, deberá aportarse traducido y compulsado.
- No incurrir en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
- Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas.
Quienes aspiren a las plazas deberán reunir estos requisitos a la fecha de publicación de la convocatoria de los procesos, y deberán mantener su cumplimiento hasta la adjudicación de la plaza y la firma del contrato.
Presentación de solicitudes
Quienes deseen participar deberán presentar una solicitud por cada proceso selectivo en el que deseen tomar parte, aún en el caso de que se refieran a la misma categoría. Para la admisión y, en su caso, tomar parte en los procesos selectivos correspondientes, será necesario:
Inscribir debidamente la candidatura en la página web corporativa del Ente Público EUSKAL IRRATI TELEBISTA https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php conforme a los términos y condiciones descritos en las bases de cada proceso. Además, se deberá de adjuntar al formulario de inscripción la documentación requerida, en formato PDF, en cumplimiento con los requisitos de la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 17 de enero de 2023 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
Tribunal evaluador
De conformidad con las Normas de Ingreso de personal fijo en la plantilla del Ente Público y sus sociedades, el encargado del seguimiento y enjuiciamiento de las pruebas de cada proceso será el Tribunal Evaluador, compuesto por representantes de la Dirección de la Empresa, por representantes de las personas trabajadoras y por personas externas independientes designadas por el Consejo de Administración del Ente Público EITB.
Corresponde al Tribunal Evaluador la gestión, administración y resolución del proceso selectivo, en virtud de las normas internas aplicables al Ente Público y su sociedad dependiente, así como la adopción de cuantas medidas fueran necesarias para la correcta gestión del proceso selectivo.
El Tribunal Evaluador podrá encomendar a personas físicas y/o jurídicas especializadas el diseño, gestión y evaluación de las pruebas.
Plazos solicitud de certificados de méritos profesionales (experiencia)
Se habilita el siguiente plazo ordinario para que las personas candidatas puedan solicitar los certificados de prestación de servicios en el Grupo EITB de cara a la acreditación de los méritos profesionales: 26/12/2022-10/01/2023.
La solicitud deberá dirigirse a la dirección de correo electrónico ziurtagiriak@eitb.eus, a través de la cual se gestionará la recepción de las peticiones y la emisión de los certificados, remitiéndose a la dirección de correo electrónico por el que la persona candidata ha realizado la solicitud.
La persona candidata deberá facilitar la siguiente información cuando lleva a cabo la solicitud del certificado correspondiente: Nombre y apellidos y DNI (indicando los números y seguido la letra).
Deberá solicitarse un certificado por unidad de negocio a la que se pretende acceder (ETB, EI, EITBNET o EITB).
*El plazo para solicitar certificados para los procesos relativos a las categorías de Administrativos/as, Redactores/as y Redactores/as Locutores/as se habilitará entre el 01/04/2023-31/05/2023.
Relación de personas admitidas al proceso
En el plazo máximo de 30 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará el listado provisional de personas admitidas y excluidas de cada proceso. En este listado se expresará el motivo de exclusión, cuando proceda, así como el proceso del que ha sido excluida.
Se concederá un plazo de 3 días naturales para la presentación de reclamaciones y subsanaciones de los errores que pudieran contener las solicitudes, a partir del día siguiente al de la publicación del mencionado listado.
Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas se publicará el listado definitivo de personas admitidas y excluidas de cada proceso.
Pruebas en los procesos selectivos especiales y procedimientos ordinarios
Las pruebas para la provisión de plazas las definirá y juzgará el Tribunal Evaluador y serán de carácter obligatorio.
El Tribunal Evaluador podrá encomendar a personas físicas y/o jurídicas especializadas el diseño, gestión y evaluación de las pruebas.
Las pruebas consistirán en un examen teórico práctico, con respuestas tipo test:
- El apartado teórico evaluará los conocimientos relativos al temario especificado en el Anexo I.
- En la parte práctica se evaluarán los conocimientos específicos relativos a la Descripción del puesto y funciones generales/tareas descritas en las presentes bases.
Las pruebas estarán a disposición en las dos lenguas oficiales del País Vasco y la persona candidata podrá optar por realizarla en uno u otro idioma en el momento del examen.
Este apartado se valorará con un máximo de 60 puntos: 10 puntos la parte teórica y 50 puntos la parte práctica. Se dará por superada la totalidad de la prueba, a aquellas candidaturas que hayan obtenido al menos 30 puntos entre la prueba teórica y la parte práctica.
La información relativa a la realización de pruebas (fechas, ubicación, horarios, etc?) se comunicarán en tiempo y forma en la web corporativa de eitb https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php.
Méritos valorables
En los procesos excepcionales (méritos), el sistema de selección es el de valoración de méritos. Los méritos profesionales y académicos que se valorarán en cada proceso selectivo se relacionan en las bases específicas de cada proceso, junto con la baremación correspondiente.
En los procesos especiales (concurso-oposición), el sistema de selección es el de prueba y valoración de méritos. Los méritos profesionales y académicos que se valorarán en la fase de concurso se relacionan en las bases específicas de cada proceso, junto con la baremación correspondiente.
Bolsas de Empleo y Bolsas de Trabajo
En los procesos especiales de estabilización de empleo y los procedimientos ordinarios, una vez finalizada la Convocatoria Pública de Empleo, atendiendo a los resultados obtenidos por cada persona candidata, se conformará la Bolsa de Empleo para la categoría indicada, desde la cual se realizará la contratación de esa categoría, así como la adjudicación de aquellas otras plazas de la misma categoría que acuerde proveer la Dirección dentro de los dos años siguientes a la resolución de la convocatoria a la que hubieran concurrido, sin necesidad de someterse a un proceso y siempre que previamente se hubiera agotado la fase de promoción interna en la convocatoria original.
Las personas candidatas que superen el proceso, pero no obtengan plaza, serán automáticamente incluidos/as en la Bolsa de Empleo baremada de dicha categoría, en orden descendente conforme a los resultados definitivos obtenidos (siempre que tengan acreditado oficialmente el perfil lingüístico). Esta Bolsa de Empleo conformará también la bolsa de trabajo de aplicación para todas las contrataciones temporales, en cualquiera de sus modalidades.
En los procesos excepcionales de estabilización del empleo en el sector público no se generará Bolsa de Empleo ni de Trabajo.
Protección de datos
Es Responsable del Tratamiento de los datos personales requeridos y generados con motivo de la participación en el proceso selectivo de las personas participantes, Euskal Irrati Telebista - Radio Televisión Vasca (EITB), con CIF: Q-0191001G y domicilio en Bilbao, Capuchinos de Basurtu 2, 48013 Bilbao (Bizkaia).
Los datos personales solicitados y/o generados como consecuencia de los procesos de selección son tratados por EITB con la finalidad de gestionar el proceso de selección de las personas candidatas para la provisión de puestos de trabajo y conformación de la Bolsa de Empleo temporal con aquellas personas que, habiendo aprobado el proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza. La legitimación o base legal habilitante para el tratamiento de los datos personales es el ejercicio de la potestad pública y cumplimiento de obligación legal en base a los artículos 6.1.e) y 6.1.c) del Reglamento General Europeo de Protección de Datos.
Los datos únicamente serán comunicados a terceros en cumplimiento de obligaciones legales que así lo impongan. Asimismo, los datos de personas candidatas y seleccionadas se publicarán en el sitio web de EITB mediante código numérico.
Los datos personales no serán objeto de transferencias internacionales.
Los datos personales se mantendrán durante el tiempo necesario para completar el proceso selectivo, incluidos los posibles recursos, y para la posterior conformación y permanencia en la Bolsa de Empleo de aquellas personas que, habiendo aprobado el proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza, pasando dichos datos a su bloqueo en atención a las responsabilidades que se pudieran derivar, incluidas las derivadas de la gestión de datos personales durante el período de prescripción para el ejercicio de acciones, así como en su caso, durante los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
La persona tiene derecho a obtener confirmación sobre si EITB trata datos personales que les conciernan. Así, las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, a solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, las personas interesadas podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones, así como, y por motivos relacionados con su situación particular, las personas interesadas podrán oponerse al tratamiento de sus datos. La entidad dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Asimismo, las personas interesadas podrán solicitar la portabilidad de los datos para obtener los datos que han proporcionado en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, para ser descargados por sí mismos o transmitidos de ésta a otra entidad.
La persona interesada puede ejercitar estos derechos dirigiendo un correo electrónico a la dirección dbo-dpd@eitb.eus
En caso de que no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos en la dirección postal y/o electrónica indicada en su página web.
Los datos personales serán tratados bajo las medidas de seguridad (técnicas y organizativas) implantadas y se corresponderán con las previstas en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Publicaciones sobre el desarrollo de los procesos selectivos
De conformidad con las Normas de Ingreso del personal fijo en la plantilla del grupo EITB, la convocatoria y el calendario de cada proceso selectivo serán publicados en la página web de EITB https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php, medio por el que serán gestionadas también todas las publicaciones y comunicaciones en relación con el desarrollo del proceso.
Estabilización EITB - Mayo de 2022
Las plazas derivadas del proceso de estabilización en el Grupo EITB son las siguientes, a las que se incorporan las vacantes ordinarias susceptibles de ser convocadas junto a los procesos de estabilización a través de la modalidad de concurso-oposición.
ETB | TOTAL ESTABILIZACIÓN | |||
Méritos | Concurso-Oposición | Proceso ordinario | ||
ADMINISTRATIVO/A | 4 | |||
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 1 | |||
AUXILIAR DE DOCUMENTACIÓN | 1 | |||
AYUDANTE DE ALMACÉN | 1 | |||
AYUDANTE DE PRODUCCIÓN | 2 | |||
AYUDANTE DE REALIZACIÓN | 1 | 1 | ||
AYUDANTE DE REALIZACIÓN | 6 | 7 | ||
AYUDANTE DE REDACCIÓN | 6 | 3 | ||
AYUDANTE TÉCNICO/A | 1 | |||
CÁMARA | 2 | |||
DISEÑADOR/A GRÁFICO/A | 3 | |||
DOCUMENTALISTA | 2 | |||
ENCARGADO/A DE ALMACÉN | 1 | |||
ENCARGADO/A DE EMISIÓN | 3 | |||
INGENIERO/A DE PRODUCCIÓN | 1 | 1 | ||
INGENIERO/A DE PROYECTOS | 2 | 1 | ||
METEORÓLOGO | 1 | 2 | ||
OPERADOR/A | 3 | 3 | ||
PLANIFICADOR/A | 1 | 1 | ||
PRODUCTOR/A | 2 | |||
REALIZADOR/A | 5 | 2 | 2 | |
REDACTOR | 51 | 9 | ||
REGIDOR/A | 1 | 1 | ||
TÉCNICO/A DE MANTENIM. E INSTALACIONES | 1 | 2 | ||
TÉCNICO/A DE MANTENIMIENTO GENERAL | 2 | |||
TOTAL PARCIAL | 97 | 39 | 3 | |
TOTAL | 136* |
EI | TOTAL ESTABILIZACIÓN | |||
Méritos | Concurso-Oposición | Prozesu arrunta | ||
ADMINISTRATIVO/A | 1 | |||
ANIMADOR/A MUSICAL | 11 | 3 | ||
REDACTOR/A LOCUTOR/A | 43 | 21 | 13 | |
TÉCNICO/A DE CONTROL Y SONIDO | 7 | 3 | 2 | |
TÉCNICO/A DE MANTENIMIENTO | 1 | 1 | ||
TOTAL PARCIAL | 63 | 28 | 15 | |
TOTAL | 91* |
EITBNET | TOTAL ESTABILIZACIÓN | |||
Méritos | Concurso-Oposición | Proceso ordinario | ||
ADMINISTRATIVO/A | 1 | |||
ANALISTA DE DATOS Y SEO DIGITAL | 1 | |||
DESARROLLADOR/A PROGRAMADOR/A DIGITAL | 5 | |||
DISEÑADOR/A GRÁFICA DIGITAL | 2 | |||
DISEÑADOR/A MULTIMEDIA DIGITAL | 2 | |||
PRODUCTOR/A DIGITAL | 1 | |||
REDACTOR/A DIGITAL | 23 | |||
TÉCNICO/A DE SOPORTE DIGITAL | 1 | |||
TOTAL PARCIAL | 36 | |||
TOTAL | 36* |
EITB | TOTAL ESTABILIZACIÓN | |||
Méritos | Concurso-Oposición | Proceso ordinario | ||
ADMINISTRATIVO/A | 5 | 1 | 1 | |
TÉCNICO/A | 2 | 5 | ||
TÉCNICO/A DE SISTEMAS | 1 | |||
TÉCNICO/A EXPERTO/A | 6 | |||
TOTAL PARCIAL | 13 | 1 | 7 | |
TOTAL | 14* |
*Número máximo de plazas a ofertar en convocatorias externas, condicionado a circustancias sobrevenidas, en aplicación del artículo 2.5 de la Ley 20/21 ("De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos")
Últimas noticias
Corrección
Nueva
09/03/2023
Se ha identificado un error en la traducción de una palabra en la versión en euskera del anexo de Ámbitos funcionales correspondientes a las bases de la unidad de negocio de Euskal Telebista (ETB). Se procede a publicar el nuevo anexo indicando el cambio en color azul (el cambio sólo afecta a la versión en euskera).
06/03/2023
Reinicio de los procesos excepcionales de estabilización del empleo del Grupo EITB de Encargado/a de Emisión y Técnico/a Jurídico/a
Euskal Irrati Telebista informa que ha publicado en el portal de empleo del Grupo EITB, las nuevas bases y fechas de inscripción para los procesos excepcionales de Encargado/a de Emisión y Técnico/a Jurídico/a.
El plazo de presentación de inscripciones comenzará a las 10:00 AM del 7 de marzo de 2023 y finalizará a las 10:00 AM del 21 de marzo de 2023.
Las personas interesadas en participar que cumpliesen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras de cada proceso podrán inscribirse accediendo a la web Convocatorias externas (eitbtaldea.eus).
Se comunica a las personas candidatas que se inscribieron anteriormente en los procesos de Encargado/a de Emisión y Técnico/a Jurídico/a, deberán volver a realizar la inscripción en las fechas arriba indicadas por haber quedado sin efecto todos los trámites llevados a cabo hasta la fecha de publicación de la presente nota.
28/02/2023
Proceso de Estabilización del Grupo EITB: LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS/AS
Se publican los listados provisionales de admitidos y admitidas a los Procesos de Estabilización del Grupo EITB.
El Tribunal Evaluador abrirá un plazo de 3 días para realizar las subsanaciones solicitadas en cada caso.
La web de EITB será la única vía para realizar las subsanaciones y estará habilitada para ello, únicamente los días 1, 2 y 3 de marzo. No se tendrán en cuenta las subsanaciones recibidas por otra vía diferente a la indicada.
El periodo para remitir las consultas relativas a las subsanaciones, deberán remitirse al buzón egonkortze@eitb.eus antes del 3 de marzo a las 13:00. Para poder dar respuesta a las consultas, será necesario indicar en el mensaje, el Documento Nacional de Identidad y el código del Proceso sobre el que se realiza la consulta.
A continuación, se indican los tipos de subsanaciones que puede ordenar el Tribunal Evaluador y la documentación necesaria para corregirlas:
Tipo de subsanación | Corrección |
---|---|
1. Subsanación: Carné de identidad incompleto. | Adjuntar el carné de identidad por ambas caras. |
2. Subsanación: Carné de identidad caducado. | Adjuntar el nuevo carné de identidad por ambas caras o la solicitud de cita para la renovación. |
3. Subsanación: Carné de identidad ilegible. | Adjuntar el carné de identidad, legible, por ambas caras. |
4. Subsanación: No presenta carné de identidad. | Adjuntar el carné de identidad por ambas caras. |
5. Subsanación: Carné de conducir incompleto. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras. |
6. Subsanación: Carné de conducir caducado. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras o la solicitud de cita para la renovación. |
7. Subsanación: Carné de conducir ilegible. | Adjuntar el carné de conducir, legible, por ambas caras. |
8. Subsanación: No presenta carné de conducir. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras. |
9. Subsanación: Acreditación incompleta del título académico presentado. | Adjuntar una copia legible de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberán de presentar traducidas y homologadas. |
10. Subsanación: No presenta acreditación del título. | Adjuntar una copia de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. |
11. Subsanación: No cumple requisito de titulación: no presenta titulación requerida.
*Esta subsanación está motivada por no haber presentado la titulación exigida, o por haber presentado una titulación de nivel superior o inferior al requerido en las bases del proceso. |
Adjuntar una copia de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. |
24/02/2023
Proceso de Estabilización de empleo del Grupo EITB: PUBLICACIÓN DE LISTADOS PROVISIONALES DE ADMISIÓN
Se comunica que el martes, 28 de febrero, se procederá a publicar en la web https://www.eitbtaldea.eus/es/convocatorias-externas.php los listados provisionales de admitidos/as en los procesos de Estabilización del Empleo del Grupo EITB.
Tal y como se establece en las bases que rigen cada proceso selectivo, el Tribunal Evaluador abrirá un periodo de 3 días para realizar las subsanaciones requeridas en cada caso.
Cada uno de los procesos dispondrá de un botón para realizar las subsanaciones. Estas podrán realizarse también, desde el apartado "Ver mis inscripciones".
La persona candidata podrá realizar las subsanaciones solicitadas por el Tribunal Evaluador, incorporando o sustituyendo la documentación requerida en la subsanación. Para que el cambio quede registrado se deberá pulsar el botón "Enviar subsanación".
Se comunica que la web será la única vía para realizar las subsanaciones y estará habilitada para ello, únicamente los días 1, 2 y 3 de marzo. No se tendrán en cuenta las subsanaciones recibidas por otra vía diferente a la indicada.
A continuación, se indican los tipos de subsanaciones que puede ordenar el Tribunal Evaluador y la documentación necesaria para corregirlas:
Tipo de subsanación | Corrección |
---|---|
1. Subsanación: Carné de identidad incompleto. | Adjuntar el carné de identidad por ambas caras. |
2. Subsanación: Carné de identidad caducado. | Adjuntar el nuevo carné de identidad por ambas caras o la solicitud de cita para la renovación. |
3. Subsanación: Carné de identidad ilegible. | Adjuntar el carné de identidad, legible, por ambas caras. |
4. Subsanación: No presenta carné de identidad. | Adjuntar el carné de identidad por ambas caras. |
5. Subsanación: Carné de conducir incompleto. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras. |
6. Subsanación: Carné de conducir caducado. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras o la solicitud de cita para la renovación. |
7. Subsanación: Carné de conducir ilegible. | Adjuntar el carné de conducir, legible, por ambas caras. |
8. Subsanación: No presenta carné de conducir. | Adjuntar el carné de conducir por ambas caras. |
9. Subsanación: Acreditación incompleta del título académico presentado. | Adjuntar una copia legible de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberán de presentar traducidas y homologadas. |
10. Subsanación: No presenta acreditación del título. | Adjuntar una copia de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. |
11. Subsanación: No cumple requisito de titulación: no presenta titulación requerida.
*Esta subsanación está motivada por no haber presentado la titulación exigida, o por haber presentado una titulación de nivel superior o inferior al requerido en las bases del proceso. |
Adjuntar una copia de la titulación indicada en las bases o el documento que acredite haber abonado los derechos para su expedición. |
02/02/2023
Ver mis inscripciones
Finalizado el periodo de inscripción para participar en el proceso de Estabilización del Grupo EITB, comunicamos que se ha habilitado en la web un acceso directo a las inscripciones enviadas.
Mediante el botón "Ver mis inscripciones", el usuario/a podrá consultar las inscripciones enviadas, así como toda la información o documentación contenida en ellas.

Para realizar la consulta, una vez pulsado el botón "Ver mis inscripciones", el sistema solicitará el usuario/a y clave que se ha utilizado en la web, y se mostrará la información relativa a las inscripciones enviadas por dicho/a usuario/a.
No se podrá, añadir, eliminar o modificar ninguna de las informaciones o documentos enviados.
Se recuerda que las listas provisionales de admitidos/as y no admitidos/as se publicarán en la web en un plazo máximo de 30 días desde la fecha de cierre del período de inscripción. Posteriormente, el Tribunal Evaluador abrirá un período de 3 días dirigido únicamente a aquellas candidaturas a las que se les requiera realizar algún tipo de subsanación relativa al proceso de admisión.
Toda la información se publicará en la web. Por lo tanto, es responsabilidad de la persona interesada consultar la web con asiduidad.
30/01/2023
Fin del periodo de inscripción para participar en el proceso de estabilización del Grupo EITB
Se recuerda que:
- EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN FINALIZA EL 31 DE ENERO A LAS 23:59.
- No se admitirán inscripciones una vez finalizado dicho plazo.
- Las personas que no envíen la inscripción antes de la fecha y hora señalada no tendrán posibilidad de participar.
Se recomienda revisar que las solicitudes han sido enviadas y no han quedado pendientes de envío en el borrador. Sólo las solicitudes enviadas tendrán opción de participar en el proceso.
Adjuntamos la guía de inscripción, disponible en la web, para mayor detalle:
- Es imprescindible LEER DETENIDAMENTE LAS BASES del proceso en el que deseas inscribirte, porque es el documento en el que se regula todo lo relativo al mismo.
- El período de inscripción comienza el 17 de enero y finaliza el 31 de enero.
- El OBJETIVO del proceso de inscripción es POSIBILITAR LA PARTICIPACIÓN en los procesos selectivos. Por ello, ES IMPRESCINDIBLE ENVIAR LA INSCRIPCIÓN COMO MUY TARDE EL 31 DE ENERO.
- Para poder participar, deberás cumplimentar los campos que se solicitan en el formulario de inscripción, adjuntando la documentación que se te requiere en cada caso.
- Finalizado el período de inscripción se publicarán el plazo para las subsanaciones, y una vez resultas estas, el LISTADO de ADMITIDOS y NO ADMITIDOS.
Por lo tanto, LAS PERSONAS QUE NO ENVÍEN LA INSCRIPCIÓN EN LAS FECHAS SEÑALADAS, NO TENDRÁN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR.
Nota: Hay procesos en los que, en el propio formulario de inscripción, además de los requisitos, SE DEBEN incorporar los méritos Profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral.Por otra parte, hay procesos en los que el formulario de inscripción NO PERMITE INCORPORAR méritos profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral. Una vez finalizado el período de inscripción, se comunicará a través de la web el plazo y forma de incorporarlos.
Se recuerda que el formulario de INSCRIPCIÓN debe enviarse entre el 17 y el 31 de enero, independientemente del momento de incorporación de los MÉRITOS.
25/01/2023
Los periodos por nacimiento de hijos/as (englobando tanto el concepto de maternidad como paternidad) y por cuidado de familiares dependientes gozarán de protección en el cómputo de los méritos profesionales de las personas candidatas
En este sentido, en caso de que la persona candidata tenga periodos no trabajados entre contrato y contrato dentro de una misma entidad, empresa o unidad de negocio y categoría originados por el nacimiento del hijo/a, se computará dicho periodo como tiempo efectivo de trabajo hasta el límite de 180 días, aunque los periodos no trabajados entre contrato y contrato superen dicho límite, siempre que se acredite debidamente el nacimiento, vía certificado de nacimiento o libro de familia, y se demuestre vía vida laboral la no ocupación laboral en esos meses de trabajo. El límite de 180 días tiene su origen en los dos meses anteriores al nacimiento, el permiso por nacimiento, la lactancia y 30 días naturales adicionales.
Asimismo, en los supuestos de paternidad, serán computados a dichos efectos los días equivalentes a los días legales de paternidad de conformidad con la legislación vigente en cada momento, además de 30 días naturales adicionales, en los mismos términos, requisitos y plazos que en el apartado anterior, siendo el límite de 180 días.
Adicionalmente a los 180 días indicados, se computarán los tres primeros años del período de excedencia que las personas trabajadoras disfruten para el cuidado de cada hijo/a, así como el primer año del período de excedencia que las personas trabajadoras disfruten para el cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida, siempre que la persona candidata no haya prestado servicios para ninguna entidad en ese periodo de conformidad con su informe de vida laboral.
Gozarán de la misma protección las personas candidatas que acrediten la situación de progenitor/a adoptante, guardador/a con fines de adopción o acogedor/a.
La solicitud deberá dirigirse a la dirección de correo electrónico jaiotzababesa@eitb.eus, a través de la cual se gestionará la recepción de las peticiones.
El plazo habilitado será de 15 días desde la fecha de publicación de listados de admitidos/as definitivos de los procesos.
El cómputo de estos períodos se hará con posterioridad a la emisión de los certificados de servicios prestados.
Con la publicación de los listados de admitidos/as definitivos se comunicará por esta vía la apertura del periodo de solicitudes y la activación de la dirección de correo electrónico indicada.
Del mismo modo, a efectos de prestación de servicios, los certificados presentados por cada persona candidata serán cotejados con su respectivo informe de vida laboral.
20/01/2023
Guía para realizar la inscripción
- Es imprescindible LEER DETENIDAMENTE LAS BASES del proceso en el que deseas inscribirte, porque es el documento en el que se regula todo lo relativo al mismo.
- El período de inscripción comienza el 17 de enero y finaliza el 31 de enero.
- El OBJETIVO del proceso de inscripción es POSIBILITAR LA PARTICIPACIÓN en los procesos selectivos. Por ello, ES IMPRESCINDIBLE ENVIAR LA INSCRIPCIÓN COMO MUY TARDE EL 31 DE ENERO.
- Para poder participar, deberás cumplimentar los campos que se solicitan en el formulario de inscripción, adjuntando la documentación que se te requiere en cada caso.
- Finalizado el período de inscripción se publicarán el plazo para las subsanaciones, y una vez resultas estas, el LISTADO de ADMITIDOS y NO ADMITIDOS.
Por lo tanto, LAS PERSONAS QUE NO ENVÍEN LA INSCRIPCIÓN EN LAS FECHAS SEÑALADAS, NO TENDRÁN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR.
Nota: Hay procesos en los que, en el propio formulario de inscripción, además de los requisitos, SE DEBEN incorporar los méritos Profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral.Por otra parte, hay procesos en los que el formulario de inscripción NO PERMITE INCORPORAR méritos profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral. Una vez finalizado el período de inscripción, se comunicará a través de la web el plazo y forma de incorporarlos.
Se recuerda que el formulario de INSCRIPCIÓN debe enviarse entre el 17 y el 31 de enero, independientemente del momento de incorporación de los MÉRITOS.
**Te recomendamos consultar la web https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php con asiduidad, en especial los apartados "Últimas noticias" y "Preguntas frecuentes".
16/01/2023
Subsanación de bases
Se comunica que, a 16 de enero de 2023, se ha realizado una subsanación en la versión de euskara de la base del proceso:
4_ETB_AP_ERREA_LAG
Las subsanaciones realizadas, corresponden al apartado "2.4 BERARIAZKO BETEKIZUNAK" y se han indicado en color azul. Quedan sin efecto las bases inicialmente publicadas el día 23 de diciembre.
Subsanación del temario teórico
El documento "Anexo I. Temario de la prueba teórica" que afecta a todos los procesos especiales y ordinarios, ha sido subsanado.
El punto quinto del temario: Ley 07/2010 General de la comunicación audiovisual, ha sido derogada por la entrada en vigor de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual. que será materia de la prueba teórica.
Puedes consultar aquí el temario teórico definitivo: Anexo_I_Temario_teórico_Subsanado.pdf
13/01/2023
Aclaración relativa al certificado de méritos profesionales y competencias
Recordamos que el plazo para solicitar certificados de méritos profesionales para los procesos relativos a las categorías de Administrativos/as, Redactores/as y Redactores/as Locutores/as será desde el 01/04/2023 hasta el 31/05/2023, por lo que el plazo no se encuentra abierto en la actualidad.
Del mismo modo, dado que en los procesos de Redactores/as y Redactores/as Locutores/as, se valora el desarrollo de competencias específicas en el apartado de méritos académicos, se informa a las personas candidatas de que, a la hora de solicitar los certificados de méritos profesionales, deberán solicitar también el certificado de competencia correspondiente por haber desarrollado dicha competencia durante al menos un año.
Ambos certificados serán emitidos con carácter previo al periodo de presentación de méritos de los procesos.
En relación con los procesos de Animador/a Musical y Metereólogo/a, se enviará automáticamente el certificado de competencia correspondiente a todas aquellas personas que hayan solicitado el certificado de prestación de servicios en ziurtagiriak@eitb.eus.
26/12/2022
Subsanación de bases (26 de diciembre)
Se comunica que, a 26 de diciembre de 2022, se han realizado subsanaciones en las bases de los siguientes procesos:
9_ETB_AP_EMI_ARD
11_ETB_AP_PROI_ING
24_ETB_BER_ERRED_LAG
24_ETB_ESP_AYT_REDAC
42_EI_BER_ERRED_LOK_KOR
42_EI_ESP_RED_KOR
Las subsanaciones realizadas, corresponden al apartado de "méritos académicos" y se han indicado en color azul. Quedan sin efecto las bases inicialmente publicadas el día 23 de diciembre.
23/12/2022
Periodo de inscripción
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 17 de enero de 2023 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
Plazos solicitud de certificados de méritos profesionales (experiencia)
Se habilita el siguiente plazo ordinario para que las personas candidatas puedan solicitar los certificados de prestación de servicios en el Grupo EITB de cara a la acreditación de los méritos profesionales: 26/12/2022-10/01/2023.
La solicitud deberá dirigirse a la dirección de correo electrónico ziurtagiriak@eitb.eus, a través de la cual se gestionará la recepción de las peticiones y la emisión de los certificados, remitiéndose a la dirección de correo electrónico por el que la persona candidata ha realizado la solicitud.
La persona candidata deberá facilitar la siguiente información cuando lleva a cabo la solicitud del certificado correspondiente: Nombre y apellidos y DNI (indicando los números y seguido la letra).
Deberá solicitarse un certificado por unidad de negocio a la que se pretende acceder (ETB, EI, EITBNET o EITB).
*El plazo para solicitar certificados para los procesos relativos a las categorías de Administrativos/as, Redactores/as y Redactores/as Locutores/as se habilitará entre el 01/04/2023-31/05/2023.
Preguntas frecuentes
Preguntas sobre inscripciones
- Es imprescindible LEER DETENIDAMENTE LAS BASES del proceso en el que deseas inscribirte, porque es el documento en el que se regula todo lo relativo al mismo.
- El período de inscripción comienza el 17 de enero y finaliza el 31 de enero.
- El OBJETIVO del proceso de inscripción es POSIBILITAR LA PARTICIPACIÓN en los procesos selectivos. Por ello, ES IMPRESCINDIBLE ENVIAR LA INSCRIPCIÓN COMO MUY TARDE EL 31 DE ENERO.
- Para poder participar, deberás cumplimentar los campos que se solicitan en el formulario de inscripción, adjuntando la documentación que se te requiere en cada caso.
- Finalizado el período de inscripción se publicarán el plazo para las subsanaciones, y una vez resultas estas, el LISTADO de ADMITIDOS y NO ADMITIDOS.
Por lo tanto, LAS PERSONAS QUE NO ENVÍEN LA INSCRIPCIÓN EN LAS FECHAS SEÑALADAS, NO TENDRÁN POSIBILIDAD DE PARTICIPAR.
Nota: Hay procesos en los que, en el propio formulario de inscripción, además de los requisitos, SE DEBEN incorporar los méritos Profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral.Por otra parte, hay procesos en los que el formulario de inscripción NO PERMITE INCORPORAR méritos profesionales, los méritos académicos y el certificado de vida laboral. Una vez finalizado el período de inscripción, se comunicará a través de la web el plazo y forma de incorporarlos.
Se recuerda que el formulario de INSCRIPCIÓN debe enviarse entre el 17 y el 31 de enero, independientemente del momento de incorporación de los MÉRITOS.
**Te recomendamos consultar la web https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php con asiduidad, en especial los apartados "Últimas noticias" y "Preguntas frecuentes".
¿Cuáles son las fechas de inscripción a los procesos selectivos?El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 17 de enero de 2023 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
¿Todos los procesos tienen la misma fecha de inscripción?Si. El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 17 de enero de 2023 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
¿Cuándo y cómo se alegan los requisitos exigidos en el proceso selectivo?Los requisitos siempre se deberán de presentar junto con la inscripción en el proceso, cuyo plazo comienza el día 17 de enero de 2023 y finaliza el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive.
¿Cuál es el medio para presentar la solicitud?La inscripción debe realizarse en la página web corporativa del Ente Público EUSKAL IRRATI TELEBISTA https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php conforme a los términos y condiciones descritos en las Bases de cada convocatoria, no siendo admitidas solicitudes recibidas por cualquier otra vía.
¿Tengo que descargarme algún formulario para inscribirme?No. El punto 1.3 de cada base indica la forma y los plazos de inscripción.
¿Se puede modificar la solicitud una vez enviada?No. Se debe revisar bien la solicitud antes de enviarla, ya que una vez enviada la solicitud el único momento previsto para modificaciones será el establecido para subsanaciones.
La documentación que debo adjuntar en el proceso ¿Debe de estar compulsada?Será suficiente con adjuntar una copia de cada documento en formato PDF. La documentación presentada será debidamente contrastada y podrá solicitarse documentación original o adicional si se estima pertinente.
¿Qué documentos son los que se deben entregar traducidos y homologados?Tan sólo se deberá de entregar la homologación de aquellas titulaciones expedidas en el extranjero. No aplica a los títulos oficiales que acreditan el conocimiento de un idioma extranjero.
¿Cómo sé que mi inscripción se ha enviado correctamente?Cuando finalices la inscripción y pulses sobre el botón "Enviar Inscripción", te llegará un mensaje automático al correo electrónico con el que te has registrado anteriormente, indicándote el proceso selectivo en el que te has inscrito.
Preguntas sobre el proceso
Por un lado, las plazas vacantes, en función de su historial de cobertura temporal, han de derivarse a uno u otro tipo de proceso, tal como establece la legislación de reducción de la temporalidad en el empleo público.
Por otro lado, el sistema de selección es diferente. Los procesos de consolidación especial y ordinario se llevarán a cabo por el sistema de concurso-oposición (prueba más valoración de méritos) y los procesos de consolidación excepcional se llevarán a cabo por el sistema de concurso de méritos (únicamente valoración de méritos, sin pruebas).
¿Es obligatorio presentarse a los dos tipos de procesos (excepcionales y especiales-ordinarios) convocados para una determinada categoría?Si se quiere concurrir a una categoría concreta y, existen los dos tipos de procesos para esa categoría, no es obligatorio concurrir a los dos tipos de procesos. Cada proceso es independiente. Si se quiere concurrir a los dos procesos, se debe realizar una inscripción por cada uno de los procesos.
No sé a qué a proceso debo inscribirme, ¿excepcional o especial-ordinario?Puedes inscribirte en cualquiera de los procesos siempre que cumplas los requisitos indicados en el apartado requisitos específicos indicados en cada base.
Si una persona aspirante quiere presentarse a los dos tipos de procesos, ¿tiene que realizar una solicitud para cada proceso?Si, las personas interesadas deben de realizar una instancia de inscripción por proceso, aunque se trate de procesos para el ingreso a una misma categoría.
Cada tipo de proceso (excepcional y especial-ordinaria) tiene un proceso selectivo diferente.
¿Qué procesos tienen que entregar toda la documentación entre el 17 de enero y el 31 de enero de 2023?Los indicados en el apartado 1.3 de cada base; en concreto en las bases de las siguientes bases se indica la obligatoriedad de incorporar todos los méritos y requisitos en el periodo de inscripción:
1_ETB_EXC_AUX_ADMIN2_ETB_EXC_AUX_DOC
3_ETB_EXC_AYT_PROD
4_ETB_EXC_AYT_REALI
5_ETB_EXC_AYT_REDAC
6_ETB_EXC_DIS_GRAF
7_ETB_EXC_DOC
8_ETB_EXC_ENC_ALM
9_ETB_EXC_ENC_EMI
10_ETB_EXC_ING_PROD
11_ETB_EXC_ING_PROY
12_ETB_EXC_METEO
13_ETB_EXC_OPER
14_ETB_EXC_PLANI
15_ETB_EXC_PRODUC
16_ETB_EXC_REALI
20_ETB_EXC_MANT_INST
35_EI_EXC_ANI_MUS
38_EI_EXC_CON_SON
39_EI_EXC_TEC_MANT
44_NET_EXC_DAT_SEO
45_NET_EXC_DES_PRO
46_NET_EXC_DIS_GRA
47_NET_EXC_DIS_MUL
48_NET_EXC_PRODUC
49_NET_EXC_REDAC
50_NET_EXC_TEC_SOP
51_EITB_EXC_TEC_INV
52_EITB_EXC_TEC_JUR
53_EITB_EXC_TECX_RSE
54_EITB_EXC_TECX_PRL
55_EITB_EXC_TECX_INF_SEG
56_EITB_EXC_TECX_PRENSA
57_EITB_EXC_TECX_SELEC
58_EITB_EXC_TECX_INDIC ¿Qué procesos tienen que solicitar los méritos entre el 26 de diciembre de 2022 y el 10 de enero?
Todos excepto los procesos relativos a las categorías de administrativos/as, redactor/a (informativos, deportes y corresponsalía Estatal) y redactor/a locutor/a (redactor/a locutor/a y corresponsalía Estatal).
El resto de los procesos ¿Cuándo tienen que entregar los méritos profesionales y académicos?Tal y como se establece en el apartado 1.3 de cada una de las bases, algunos procesos deberán entregar los méritos profesionales y acádemicos fuera del plazo de inscripción:
"Se publicará en la página web https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php el periodo de aportación de méritos profesionales y académicos puntuables..."
En concreto, para los siguientes procesos se publicará en la web las fechas de entrega de los méritos:
17_ETB_EXC_REDAC_INF18_ETB_EXC_REDAC_DEP
19_ETB_EXC_REDAC_COR
21_ETB_ESP_AYT_AUD
22_ETB_ESP_AYT_PROD
23_ETB_ESP_AYT_REALI
24_ETB_ESP_AYT_REDAC
25_ETB_ESP_AYT_TECN
26_ETB_ESP_ING_PROD
27_ETB_ESP_ING_PROY
28_ETB_ESP_METEO
29_ETB_ESP_OPER
30_ETB_ESP_PLANI
31_ETB_ESP_REALI
32_ETB_ESP_REDAC_INF
33_ETB_ESP_REDAC_COR
34_ETB_ESP_MANT_INST
36_EI_EXC_RED_LOC
37_EI_EXC_RED_LOC_COR
40_EI_ESP_ANI_MUS
41_EI_ESP_RED_LOC
42_EI_ESP_RED_COR
43_EI_ESP_TEC_MANT
59_GRUPO_EXC_ADMIN
60_GRUPO_ESP_ADMIN Comunicaciones sobre el proceso
Toda la información relativa a los procesos de estabilización, se publicarán en la página web de EITB https://www.eitbtaldea.eus/es/empleo-publico.php
Es responsabilidad de la persona candidata hacer seguimiento de las noticias publicadas (fechas de inscripción, fechas de subsanación y reclamación, entrega de certificaciones, convocatoria a examen, etc.)
¿Si tengo alguna incidencia o consulta dónde puedo dirigirme?La única vía de comunicación de incidencias o consultas sobre el proceso será la realizada a través del correo electrónico: egonkortze@eitb.eus
Preguntas sobre méritos profesionales
Recordamos que el plazo para solicitar certificados de méritos profesionales para los procesos relativos a las categorías de Administrativos/as, Redactores/as y Redactores/as Locutores/as será desde el 01/04/2023 hasta el 31/05/2023, por lo que el plazo no se encuentra abierto en la actualidad.
Del mismo modo, dado que en los procesos de Redactores/as y Redactores/as Locutores/as, se valora el desarrollo de competencias específicas en el apartado de méritos académicos, se informa a las personas candidatas de que, a la hora de solicitar los certificados de méritos profesionales, deberán solicitar también el certificado de competencia correspondiente por haber desarrollado dicha competencia durante al menos un año.
Ambos certificados serán emitidos con carácter previo al periodo de presentación de méritos de los procesos.
En relación con los procesos de Animador/a Musical y Metereólogo/a, se enviará automáticamente el certificado de competencia correspondiente a todas aquellas personas que hayan solicitado el certificado de prestación de servicios en ziurtagiriak@eitb.eus.
¿Se valorará mi período de beca formativa en el apartado de méritos profesionales?No.
A lo largo de mi experiencia profesional en el Grupo EITB, he prestado servicios en diferentes categorías. ¿Qué categorías meritan en el supuesto "b"?En el supuesto "b" de méritos profesionales, meritan sólo las categorías indicadas en el anexo "Ámbitos Funcionales" de las bases. Se debe consultar en el anexo qué categorías meritan en cada caso.
Para poder obtener puntuación en este supuesto será necesario computar un periodo mínimo de 6 meses en el supuesto "a". Del mismo modo, la puntuación obtenida en este supuesto no podrá superar en ningún caso a la obtenida en el supuesto "a".
¿Qué certificado debo presentar si he trabajado como autónomo/a para meritar en el supuesto "c"?Tal y como se establece en el apartado "Méritos profesionales":
"Cada persona candidata deberá presentar un certificado en el que deberán constar los periodos prestados en días en el perfil y funciones recogidas en las presentes bases, y aportarlo debidamente firmado y sellado por la entidad donde haya prestado servicios. Adicionalmente, en el supuesto c), la persona candidata deberá acreditar que está adscrita al contrato suscrito entre la entidad para la que presta servicios y EITB Media S.A.U; y en el caso de las relaciones por cuenta propia, deberá acreditarse del mismo modo la prestación de servicios para EITB Media S.A.U.
Todos los periodos que se declaren en el certificado deben acreditarse anexando un informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social, y se computarán en los términos indicados anteriormente, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, inclusive, tan sólo los períodos declarados, coincidentes con lo recogido en el certificado de vida laboral, tanto en fechas como en días contratados..."
Tal y como se establece en el apartado "Méritos profesionales":
"Cada persona candidata deberá presentar un certificado en el que deberán constar los periodos prestados en días en el perfil y funciones recogidas en las presentes bases, y aportarlo debidamente firmado y sellado por la entidad donde haya prestado servicios. Adicionalmente, en el supuesto c), la persona candidata deberá acreditar que está adscrita al contrato suscrito entre la entidad para la que presta servicios y EITB Media S.A.U; y en el caso de las relaciones por cuenta propia, deberá acreditarse del mismo modo la prestación de servicios para EITB Media S.A.U.
Todos los periodos que se declaren en el certificado deben acreditarse anexando un informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social, y se computarán en los términos indicados anteriormente, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, inclusive, tan sólo los períodos declarados, coincidentes con lo recogido en el certificado de vida laboral, tanto en fechas como en días contratados..."
En este caso, excepcionalmente, se deberá presentar el certificado de vida laboral junto a una declaración responsable, en la que deberán constar los periodos prestados en días en el perfil y funciones recogidas en las bases, la razón social de la entidad en la que se prestaban los servicios señalados y aportarlo debidamente firmado.
La información presentada será debidamente contrastada y verificada. Podrá solicitarse documentación adicional si se estima pertinente.
¿Debo solicitar un certificado de experiencia profesional por proceso selectivo?No. Se Debe solicitar un certificado por unidad de negocio a la que se pretende acceder (ETB, EI, EITBNET o EITB) y, se deberá de indicar en la solicitud del certificado: Nombre y apellidos y DNI (indicando los números y seguido la letra).
¿Cuáles son los plazos solicitud de certificados de méritos profesionales (experiencia)?Se habilita el siguiente plazo ordinario para que las personas candidatas puedan solicitar los certificados de prestación de servicios en el Grupo EITB de cara a la acreditación de los méritos profesionales: 26/12/2022-10/01/2023.
La solicitud deberá dirigirse a la dirección de correo electrónico ziurtagiriak@eitb.eus, a través de la cual se gestionará la recepción de las peticiones y la emisión de los certificados, remitiéndose a la dirección de correo electrónico por el que la persona candidata ha realizado la solicitud.
La persona candidata deberá facilitar la siguiente información cuando lleva a cabo la solicitud del certificado correspondiente: Nombre y apellidos y DNI (indicando los números y seguido la letra).
Deberá solicitarse un certificado por unidad de negocio a la que se pretende acceder (ETB, EI, EITBNET o EITB).
*El plazo para solicitar certificados para los procesos relativos a las categorías de Administrativos/as, Redactores/as y Redactores/as Locutores/as se habilitará entre el 01/04/2023-31/05/2023.
¿Cuántos puntos suman los méritos profesionales que me han certificado?Los certificados emitidos plasman la información objetiva de periodos trabajados por categorías, sin llevar a cabo una valoración de los mismos. La posterior ponderación que se haga de estos periodos corresponde al órgano competente, que es el Tribunal Evaluador de cada proceso.
Preguntas sobre méritos académicos
En algunos procesos se deberá de alegar los méritos junto con la inscripción en el proceso y, en otros casos, se abrirá un plazo en esta página web para alegar los méritos. Es por ello, que, en el proceso de inscripción algunos procesos tendrán habilitada la opción de envío de meritaje y otros no. Para más información consulta el apartado "1.3 Procedimiento de inscripción".
Tengo una Licenciatura universitaria. ¿Cómo se valora?En el caso de que el requisito de entrada fuese un grado universitario, la licenciatura posibilita el acceso y merita académicamente como Máster, si en las bases se establece como mérito académico un título superior.
¿Se computan los cursos realizados en EITB?Si, siempre que superen el número de horas establecido en las bases correspondientes. Los cursos de formación organizados por EITB se computarán de manera automática una vez finalizado el período de inscripción; por lo tanto, NO se debe introducir ningún certificado de las formaciones organizadas por el Grupo EITB.
En el apartado de Formación No Reglada tan sólo se deben introducir los cursos organizados por entidades diferentes al Grupo EITB.
He perdido los certificados de los cursos realizados en EITB, ¿dónde puedo solicitarlos?Es responsabilidad de cada participante guardar los certificados de formación que expide EITB. Aun así, excepcionalmente en este proceso de estabilización, los cursos de formación organizados por EITB se computarán de manera automática una vez finalizado el período de inscripción; por lo tanto, NO se debe introducir ningún certificado de las formaciones organizadas por el Grupo EITB.
En el apartado de Formación No Reglada tan sólo se deben introducir los cursos organizados por entidades diferentes al Grupo EITB.
He superado u aprobado una Convocatoria Pública de Empleo o Prueba a Bolsa de Trabajo organizada por el grupo EITB. ¿Debo de presentar algún certificado que lo acredite?No. El área de Selección del Grupo EITB cotejará el DNI de cada candidatura con la base de datos de personas que han superado u aprobado una Convocatoria Pública de Empleo o Prueba a Bolsa de Trabajo organizada por el grupo EITB.
¿Qué diferencia hay entre Convocatoria Pública de Empleo con resultado de "superada" y "aprobada"?En las Convocatorias Públicas de Empleo previas, en las que se establecía nota de corte en las bases, 6 sobre 10, el concepto superado hace referencia a las calificaciones igual o superior a 6. Las calificaciones igual o mayor que 5 y menor a 6, son consideradas aprobado.
Preguntas sobre el perfil lingüístico
El perfil lingüístico de euskera se acreditará mediante certificación oficial. Las candidaturas que no dispongan de dicha acreditación oficial deberán realizar una prueba de nivel equivalente a las pruebas oficiales de acreditación para determinar si cumplen el perfil lingüístico requerido para el puesto, previa a la adjudicación de las plazas ofertadas en las presentes bases; esta prueba no tendrá, en ningún caso, carácter oficial, se calificará mediante apto/no apto y será eliminatoria. Quedan exentas de realizar esta prueba, las personas candidatas que hayan superado una prueba de euskera del mismo nivel en una Convocatoria Pública de Empleo o Prueba a Bolsa de Trabajo organizada por el grupo EITB.
He superado una prueba de euskera del mismo nivel al requerido en una Convocatoria Pública de Empleo o Prueba a Bolsa de Trabajo organizada por el grupo EITB. ¿Debo de presentar algún certificado que lo acredite?No. El área de Selección del Grupo EITB cotejará el DNI de cada candidatura con la base de datos de personas que han superado una prueba de euskera en alguna convocatoria organizada por el grupo EITB y el nivel, en cada caso.
No tengo certificado oficial de acreditación lingüística de euskera pero tengo previsto realizar el examen de HABE. En el caso de que aprobase, ¿hasta qué fecha tengo para enviar el título acreditativo oficial?Dependerá del proceso y de las fechas previstas para la acreditación de los méritos académicos en cada caso. En todo caso, el aspirante que no disponga de documentación oficial en el plazo de presentación de méritos deberá realizar obligatoriamente una prueba de nivel equivalente a las pruebas oficiales de acreditación para determinar si cumplen el perfil lingüístico requerido para el puesto.
¿La realización de mis estudios reglados en euskera me certifican el nivel lingüístico?Si, en el nivel que se indica en el certificado académico oficial (título) expedida a tal efecto.
Preguntas sobre las pruebas
Si. En las bases de los procesos que conllevan pruebas, se especifica el temario teórico.
¿Existe temario para la prueba práctica?No. Tal y como se establece en el apartado 2.5 Pruebas a realizar de las bases: "En la parte práctica se evaluarán los conocimientos específicos relativos a la Descripción del puesto y funciones generales/tareas descritas en las presentes bases".
¿Cuándo se realizarán las pruebas teórico-prácticas?Todo el calendario relativo a los procesos selectivos se comunicará en esta web.
¿Cuándo están previstas las pruebas de acreditación lingüística de euskera?Todo el calendario relativo a los procesos selectivos se comunicará en esta web.